El Comité de Empresa del Cabildo Insular de la Palma quiere hacer pública la resolución de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. El expediente resuelve que va iniciar un procedimiento administrativo sancionadorcontra el Cabildo debido a “la inadecuada utilización del tipo contractual en algunos de los contactos eventuales utilizados por el Cabildo”.
Esta resolución se produce tras la denuncia del propio Comité de Empresa realizada el 6 de marzo. Dicha denuncia aclara que la fórmula empleada por el Cabildo Insular de La Palma a la hora de la realización de los contratos de “Acumulación de Tareas” figuraba prácticamente en la mayoría de los contratostemporales sin ajustar a los requisitos que promueve este tipo de contrato.
Desde hace tiempo, el Comité de Empresa viene manifestando y reiterando al Cabildo que la mayoría de los contratos realizados con el concepto de Acumulación de Tareas no se ajustaban a la normativa vigente, además de suponer un perjuicio para los integrantes de las listas de reserva de esta institución. Entre otros perjuicios podemos destacar; la paralización de las listas de sustitución al emplear esta modalidad de contratos impidiendo a los integrantes de esas listas a ejercer su derecho al trabajo, ya que uno de los limites quepresenta este tipo de contrato, es que no se puede trabajar para el Cabildo de La Palma más de 6 meses por año.
Cabe destacar varios aspectos que la propia inspectora señala en su resolución como por ejemplo “que los contratos eventualesresponden a la falta de personal de los centros de trabajo y no a una causa imprevista o de aumento puntual de las necesidades. Podemos observar como muchos de ellos tienen como causa el déficit de personal”.
Y finaliza con un rotundo: “las Administraciones Públicas deberán cumplir en todo caso lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores a la hora de formalizar sus contratos”. Por lo tanto, se inicia el procedimiento administrativo sancionador.
Desde este órgano esperamos que el Cabildo de La Palma tenga en consideración a la representación sindical y manteniendo una posición prepotente, haciendo oídos sordos a las propuestas de los representantes legales de los trabajadores/as de esta institución.
Las observaciones del informe de Inspección deTrabajo coinciden con lo ya manifestado en múltiples ocasiones por este comité mediante distintos medios: conversaciones con los responsables, escritos presentados por este órgano y por último mediante esta denuncia a la Inspección de Trabajo.
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Muchos al leer el título se estarán preguntando a qué se debe este nombre tan particular.
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