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La DG de Relaciones con la Administración de Justicia propondrá a la empresa Clece para la limpieza de los juzgados.

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La empresa Clece ha obtenido la mejor puntuación en el proceso de licitación conforme a unos pliegos que obligan a respetar el número de puestos de trabajo existentes, las tablas salariales de los convenios de aplicación y el abono de los salarios en el plazo establecido en los convenios colectivos con imposición de penalidades, entre otras características. 

El director general de Relaciones con la Administración de Justicia, Cesáreo Rodríguez, anuncia hoy que la empresa Clece ha obtenido la mejor valoración en el proceso puesto en marcha para adjudicar el servicio de limpieza de los edificios judiciales, por lo que se propondrá su contratación una vez que la Mesa de Contratación ya aprobó el informe respectivo. Rodríguez recuerda que los pliegos que han regido el proceso imponen la obligación de respetar el número de puestos de trabajo existentes, las tablas salariales de los convenios de aplicación y la obligación de abono de los salarios en el plazo establecido en los convenios colectivos con imposición de penalidades, entre otros aspectos. Regirá, una vez adjudicada, durante dos años prorrogables.


Si bien el presupuesto máximo para este servicio era de 7.250.000 euros sin incluir IGIC, la oferta de esta empresa ha sido por 6.765.528,16 euros. En este sentido, Rodríguez remarca la importancia que se ha dado a la calidad en la prestación del servicio, por lo en los criterios de adjudicación se atenuó el peso de las eventuales rebajas del precio que se puedan presentar, aparte de incluir un tope por debajo del cual las ofertas pueden ser consideradas anormales o temerarias. Además, se introdujeron criterios de adjudicación relacionados con la calidad en el servicio.

Los pliegos incluyeron también condiciones especiales de ejecución de tipo social, con carácter de obligación esencial del contrato, por lo que su incumplimiento podrá dar lugar a la resolución del contrato. Dichas condiciones permiten que el contrato satisfaga tanto una necesidad de la Administración como objetivos de tipo social. Por lo tanto, deberá respetar las tablas salariales de los convenios de aplicación, la obligación de abono de los salarios en el plazo establecido en los convenios colectivos con imposición de penalidades por cada día de retraso. Asimismo, se da mucha importancia a la prevención de riesgos laborales y se incluyen disposiciones para dar respuesta a posibles riesgos biológicos conforme al protocolo aprobado por la DGRAJ.

Por otro lado, se estableció la obligación de la adjudicataria de someterse a auditorías externas que evaluarán la calidad del servicio según estándares del Índice de Calidad en la Limpieza, además de contemplarse la realización de auditorías por el responsable del contrato designado por la Administración. Del resultado de estas auditorías se pueden derivar la imposición de penalidades, en caso de deficiente ejecución.


Asimismo, los pliegos favorecieron la utilización de productos de limpieza ecológicos y se controla la calidad de los mismos debiendo emplear los que previamente hayan sido autorizados por el órgano de contratación. Además, se obliga a la adjudicataria a disponer de existencias de productos en el propio centro de trabajo para evitar eventuales desabastecimientos.


Comentarios

OPINIÓN

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Sira Bau
|04/23/24

Nuestra editora Sira bau nos deja un nuevo artículo "desde la distancia" de como echa de menos a nuestra querida isla de La Palma

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Ángel Peraza
|04/11/24

Muchos al leer el título se estarán preguntando a qué se debe este nombre tan particular.

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P. Daniel Noboa Azin
P. Daniel Noboa Azin
Leandro Rodríguez Linárez.
|04/09/24

Nuestro colaborador y Politólogo Leandro Rodríguez Linárez, nos vuelve a dejar otro artículo de su perspectiva de la política a nivel mundial

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