Los agentes de la Guardia Civil y la Policía Nacional han llevado a cabo hasta el momento un total de 51 detenciones en Canarias por incumplimiento de las restricciones a la movilidad establecidas por el estado de alarma declarado por el Gobierno de España mediante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, para hacer frente a la crisis sanitaria por el coronavirus COVID-19.
De ese medio centenar de detenciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FCSE) en toda Canarias, 24 corresponden a la Policía Nacional y 27 han sido realizadas por la Guardia Civil.
Asimismo, Guardia Civil ha cursado un total de 734 denuncias por infracciones de las normas en todo el Archipiélago, mientras que Policía Nacional ha llevado a cabo 1.445 denuncias, lo que establece un total de 2.179 propuestas de sanción en las Islas Canarias por este motivo por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
El cumplimiento de las restricciones como muestra de solidaridad.
La Delegación del Gobierno en Canarias recuerda la necesidad de no bajar la guardia y seguir respetando escrupulosamente las medidas establecidas por el Ejecutivo tras la aprobación del Real Decreto 463/2020, en particular en lo referente a las restricciones de movimientos en vías o espacios de uso público.
Cada incumplimiento pone en peligro no solo la salud de quien infringe las normas, sino también la de sus familiares y personas más próximas, así como, en general, la de toda la población, dado que supone un riesgo para todo el trabajo y el esfuerzo realizado hasta ahora por toda la sociedad con la reclusión obligatoria en sus domicilios durante ya más de una semana.
El Real Decreto 463/2020, tras la reforma operada por el Real Decreto 465/2020, establece que, durante la vigencia del estado de alarma, únicamente podrán circular las personas o vehículos por las vías o espacios de uso público para la realización de las siguientes actividades, que deberán realizarse siempre individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores, o por otra causa justificada:
Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
Retorno al lugar de residencia habitual.
Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.
Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
Cualquier otra actividad de análoga naturaleza.
Además se permite la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para el repostaje en gasolineras o estaciones de servicio.Desde la Delegación del Gobierno en Canarias se insiste en que el mayor acto de solidaridad responsable que puede llevarse a cabo bajo el estado de alarma es el del cumplimiento de las restricciones impuestas, dado que, cuanto mayor sea el seguimiento, más estricto sea su respeto, antes podremos volver a la normalidad.
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