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​La Junta de Gobierno de Breña Alta aprueba las bases de la subvención que sufragará gastos de alquiler para las familias más vulnerables del municipio.

El alcalde, Jonathan Felipe, subraya que "esta línea de ayudas a la que destinamos una partida económica de 20.000 euros, cobra mayor relevancia este año tras los graves efectos socio económicos provocados por la COVID-19".
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En la imagen, el alcalde Jonathan Felipe junto a la edil de Vivienda, Maru00eda Josu00e9 Garcu00eda y su homu00f3logo en Asuntos Sociales, Rau00fal Ramos.


Breña Alta, jueves 15 de abril de 2021.- La Junta de Gobierno Local de Breña Alta, presidida por el alcalde Jonathan Felipe, aprobó esta semana la convocatoria de la subvención destinada a sufragar gastos en el alquiler de vivienda en el municipio, "una línea de ayudas que cobra mayor relevancia este año, tras los efectos socio económicos de la pandemia de la COVID-19, que mantiene a muchos de nuestros vecinos en ERTE y a los colectivos más vulnerables de nuestra población activa, los desempleados de larga duración, en una situación de enorme fragilidad económica".


Así lo detalló Jonathan Felipe, quien subrayó que "desde el Ayuntamiento de Breña Alta entendemos que esta es una convocatoria imprescindible, a la que destinamos una partida económica por valor de 20.000 euros y con la que contribuimos a aminorar los gastos que suponen para muchas familias de nuestro municipio, las rentas mensuales en concepto de alquiler, lo que condiciona su capacidad de gasto para cubrir otras necesidades de primera necesidad".


La línea de subvención destinada al alquiler de viviendas en Breña Alta está destinada a vecinos y familias con residencia en el municipio que cumplan determinados criterios establecidos en las bases, de entre los que destaca la acreditación de contar con bajos recursos económicos y estar en situación de vulnerabilidad. Tal y como recogen las bases de esta línea de subvención municipal, las ayudas podrán ser solicitadas por aquellos vecinos pertenecientes a unidades familiares cuyos ingresos, una vez ponderados en relación al número de miembros, no superen el 1.5 del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).


La resolución de solicitudes, cuyo plazo de tramitación y resolución tiene un máximo de tres meses, se producirá una vez emitido el informe de evaluación de la documentación, correspondiendo a la Junta de Gobierno Local la competencia para resolver, previo dictamen de la Comisión Informativa correspondiente. Las solicitudes deberán formularse en el modelo que se encuentra a disposición en la Oficina de Atención al Público del Ayuntamiento de Breña Alta, así como en su página www.balta.org, y el plazo de presentación será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).


Comentarios

OPINIÓN

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Sira Bau
|04/23/24

Nuestra editora Sira bau nos deja un nuevo artículo "desde la distancia" de como echa de menos a nuestra querida isla de La Palma

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Ángel Peraza
|04/11/24

Muchos al leer el título se estarán preguntando a qué se debe este nombre tan particular.

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P. Daniel Noboa Azin
P. Daniel Noboa Azin
Leandro Rodríguez Linárez.
|04/09/24

Nuestro colaborador y Politólogo Leandro Rodríguez Linárez, nos vuelve a dejar otro artículo de su perspectiva de la política a nivel mundial

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